Tarjeta Verde a través de Estatus de Refugiado o Asilado
Los refugiados o asilados pueden solicitar una Tarjeta Verde.
Nota:
Como refugiado, se le require por ley solicitar estatus de residente
permanente pasado 1 año de haber sido admitido en los Estados Unidos.
Como asilado, usted no está requerido a solcitar estatus de residente
permanente luego de 1 año de haberle concedido asilo, aún cuando ello
sea lo que le convenga.
Para más información sobre cómo los refugiados, asilados y sus familiares pueden solicitar la Tarjeta Verde, vea los siguientes enlaces:
Si usted fue | Entonces puede solicitar la Residencia Permanente |
---|---|
Admitido a los Estados Unidos como:
| 1 año posterior a su entrada a los Estados Unidos |
Concedido asilo en los Estados Unidos | 1 año posterior a la concesión de sue status de asilado |
Para más información sobre cómo los refugiados, asilados y sus familiares pueden solicitar la Tarjeta Verde, vea los siguientes enlaces:
- Tarjeta Verde para Refugiados – explica los criterios de elegibilidad y procesos de solicitud de Tarjeta Verde para Refugiados.
- Tarjeta Verde para Asilados – explica los citerios de elegibilidad y procesos de solicitud de Tarjeta Verde para los asilados y sus familiares.
Marcela C Rodriguez, Esq.
Via email: info@marcelacrodriguez.com
Telephone: 786-347-6474
Address:13550 SW 88 ST, Suite #140, Miami, Fl 33186
Website: http://marcelacrodriguez.com/
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.